UGT firma el convenio colectivo de UNIDE

El pasado viernes 8 de abril, fiinalizó la negociación del Convenio Colectivo de la empresa UNIDE con la firma del acta final y del convenio. Entre los puntos que se han matizado en esta sesión y que finalmente se han acordado son:

INCREMENTO SALARIAL 

  • Se acuerda un incremento salarial repartido durante los cuatro años de vigencia del convenio en 1.650€ para el GRUPO A y 1.600€ para el resto de GRUPOS PROFESIONALES.
AÑO 2022 GRUPO A – Incremento 700€ RESTO DE GRUPOS – 550€
AÑO 2023 GRUPO A – Incremento 400€ RESTO DE GRUPOS – 450€
AÑO 2024 GRUPO A – Incremento de 300€ RESTO DE GRUPOS- 350€

AÑO 2025                    PARA TODOS LOS GRUPOS- Incremento de 250€ 

  • Se acuerda incrementar el Incentivo Global en:

420€ en 2022      430€ en 2023        440€ en 2024      450€ en 2025. 

  • Se creará un nuevo concepto, SC9822, que unificará los conceptos de DBS 1998, CPB 1999 y antigüedad consolidada, concepto que no será compensable ni absorbible..

JORNADA 

  • Se acuerdo en materia de jornada la posibilidad de realización de HORAS SUPLEMENTARIAS de forma voluntaria por los trabajadores, siendo estas remuneradas como horas extraordinarias.
  • Se podrán hacer de forma voluntaria horas extraordinarias para INVENTARIOS en domingos y VACACIONES 
  • En materia de vacaciones el PRIMER TURNO VACACIONAL de verano podrá ser cubierto por
  • Se mantendrá el “Día de Aguas”.

INCAPACIDAD TEMPORAL 

  • Se acuerda para la incapacidad por contingencia común el siguiente sistema de complementación:
  • 1ª BAJA del año natural: Se abonará el 100% del salario desde el primer día.
  • 2ª BAJA del año natural: Los 3 primeros días se abonarán al 50%, el día 4 y 5 se complementará la prestación al 90% del salario. A partir del día 6 se complementará al 100% del salario.
  • 3ª BAJA del año natural: Los 3 primeros días se abonarán al 50%, el día 4 y 5 se complementará la prestación al 90% del salario. A partir del día 6 se complementará al 100% del salario fijo, pero sin contar con los incentivos, medias primas o comisiones.

Excepciones a este sistema: En recaídas, accidente laboral, intervención quirúrgica mayor y ambulatoria con reposo domiciliario, hospitalización o enfermedad con secuelas funcionales u orgánicas se abonará el 100%.