Se llega a un acuerdo en el ERTE de Palacios y Museos

En el día de ayer, tuvo lugar el cierre del periodo de consultas del ERTE ETOP de Palacios y Museos, con ACUERDO, entre la parte social (1 delegada de UGT como única representación sindical presente en la empresa y una Comisión ad hoc de dos miembros), y la empresa.

En dicha negociación, no exenta de complicaciones, nos hemos fijado como objetivo prioritario desde el comienzo de la misma, conseguir atenuar los efectos lesivos, que una medida como esta puede tener en las personas trabajadoras, máxime si tenemos en cuenta que la empresa actualmente se encuentra en situación de ERTE por Fuerza Mayor hasta el 31 de marzo, por   lo cual se han  pactado una serie de mejoras respecto a lo establecido, tanto en la propia legislación, como en la propuesta inicial de la empresa.

Respecto a la vigencia: Hemos conseguido reducir la vigencia inicialmente propuesta por la empresa que era hasta el 31 de diciembre de 2022, quedando finalmente fijada su vigencia desde el 1 de abril de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022.

Criterios de desafectación: Una vez establecidos los puestos a cubrir y el perfil de las personas trabajadoras los criterios de desafectación serán los siguientes:

1.Situaciones familiares especiales, entendiendo por tales, las familias monoparentales, personas trabajadoras que tengan a su cargo personas con discapacidad y personas trabajadoras víctimas de violencia de género.

  1. Situación salarial: Tendrán prioridad en la desafectación las personas con salarios más bajos.
  1. Antigüedad: Prioridad en cuanto a la desafectación de las personas con mayor antigüedad.
  • Compensación económica: Adicionalmente y con carácter de mejora respecto a la prestación del SEPE (Servicio Público de Empleo), la persona trabajadora afectada por estas medidas, percibirá, cuando la prestación por desempleo se reduzca al 50% y hasta la finalización del ERTE, un complemento mensual hasta alcanzar el 70% de la base reguladora.

Por otro lado, se establece un complemento para el supuesto de que una persona trabajadora no cumpliera con los requisitos suficientes para acceder a la prestación por desempleo. En ese caso se haría una simulación de la prestación por desempleo que le correspondería al 70% de la base reguladora y al 50% de dicha base, abonando la empresa el importe que resulte de la diferencia entre ambas cantidades.

  • Compromiso de desafectación: La empresa se compromete a reducir las suspensiones y reducciones en la medida de lo posible, realizando una desafectación progresiva de personas si la situación lo permite y hay una evolución favorable de la empresa. Igualmente se compromete a la desafectación como mínimo de la mitad de las personas trabajadoras en suspensión a un mínimo del 50% de su jornada, si a cierre de agosto de 2022 sus cuentas presentan un EBIT correspondiente al menos al 90% del EBIT acumulado a la misma fecha en 2019.

Con estas medidas se ha intentado minorar el impacto económico en la plantilla tras duros meses de pandemia con efectos muy negativos en el sector, que han repercutido directamente en las condiciones sociales y económicas del personal.