FeSMC-UGT solicita la inmediata ratificación por España del Convenio 190 de la OIT contra la violencia y acoso en el trabajo

Hace ya dos años que, a través de la promulgación del Convenio sobre acoso y violencia de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 190 de la OIT), se dijo ¡ALTO a la violencia y acoso en el trabajo!, mediante la adopción de una herramienta innovadora y poderosa, que incide en la protección de todas las personas trabajadoras independientemente de la modalidad contractual y de la relación que tengan con la empresa.

Además, junto con la recomendación núm. 206, proporciona un marco común de acción y una oportunidad única para dar forma a un futuro del mercado laboral basándolo en la dignidad y el respeto. El convenio afirma que todas las personas tienen derecho a un mundo laboral libre de violencia y acoso e incluye la primera definición internacional de violencia y acoso en el mundo del trabajo, incluida la violencia de género, ya que los datos dicen que son las mujeres las que se ven desproporcionadamente más afectadas por la violencia y el acoso.

Es importante porque plantea y aclara cuestiones fundamentales como:

  • La violencia y el acoso ya no pueden ser tolerados.
  • Tiene por objetivo acabar el acoso laboral y la violencia en el mundo del trabajo, con un enfoque inclusivo, integrador y con perspectiva de género, señalando que todas las personas tienen derecho a acabar con las violencias en este campo.
  • El convenio cubrirá algunas de las lagunas importantes que tiene las legislaciones de cada uno de los países, y obliga a mejorar y adaptar la legislación estatal de los diferentes países.

El Convenio plantea también cambiar actitudes y promover la igualdad, por lo que cada uno de los países firmantes deberán adoptar una legislación que garantice el derecho a la igualdad y la no discriminación en el empleo y la ocupación, en todas sus facetas, incluidas las mujeres, las personas con discapacidad, las personas con identidades múltiples como las ligadas a la condición migrante, etnia, o identidad sexual.

Según el Convenio, la violencia y el acoso, incluida la violencia de género, deben integrarse y tener un papel en la salud y la seguridad en el trabajo. Las empresas deben tomar medidas y desarrollar políticas en el lugar de trabajo.

Cuando los Estados miembros de la OIT ratifican un convenio están obligados a aplicarlo en la legislación y en la práctica nacionales, y tienen que enviar a la Oficina memorias sobre su aplicación a intervalos regulares. Además, pueden presentarse quejas contra los países por violación los convenios que han ratificado, a través de los procedimientos de control de la OIT. El Estado que ratifica un convenio de la OIT se compromete a adoptar «las medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de dicho convenio». La obligación no consiste únicamente en incorporar el convenio al derecho interno, sino que entraña también la necesidad de velar por su aplicación en la práctica y darle efecto mediante la vía legislativa por cualquier otro medio que esté en conformidad con la práctica nacional, tales como los previstos por el convenio (por ejemplo: decisiones judiciales, laudos, convenios colectivos).

El Convenio 190 fue aprobado en la 8ª Conferencia de la OIT en el 10 de junio de 2019 y responde a una demanda que UGT ha reclamado durante años, que no es otra que la necesidad de crear un instrumento para proteger a las víctimas de estas situaciones en el ámbito laboral.

Hasta el momento, seis países han ratificado el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) : Argentina, Ecuador, Fiji, Namibia, Somalia y Uruguay. Los países ratificantes están jurídicamente obligados a cumplir las disposiciones del Convenio un año después de la ratificación.  Hoy, 25 de junio de 2021, entra en vigor este primer tratado internacional sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Desde su aprobación en 2019, a pesar de las promesas y los anuncios por parte del Gobierno, este convenio internacional sigue sin ser ratificado por España.

Desde FeSMC-UGT reiteramos nuestro compromiso como sindicato de clase y planteamos la negociación colectiva como medio para la adopción de Protocolos de acoso sexual y/o acoso por razón de sexo en el trabajo, así como la negociación de los planes de igualdad en las empresas para la eliminación de la discriminación y la desigualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y mejorar la igualdad en los derechos laborales todas las personas trabajadoras, con especial mención a los derechos que protegen a las trabajadoras víctima de la violencia de género.

Por tanto, desde FeSMC-UGT seguiremos llevando a cabo nuestra acción sindical en la siguiente dirección:

  • Exigir al Gobierno la urgente ratificación del convenio 190.
  • Sensibilizar y formar a las delegadas y delegados y a la sociedad en general en materia de violencia y acoso en el trabajo.
  • Realizar campañas concretas e influencia en los diferentes estamentos políticos para influir en la ratificación.
  • Seguir movilizando a las personas trabajadoras para posicionarse en contra de la violencia y el acoso en el trabajo.
  • Crear alianzas con otros sindicatos, organismos, entidades, para seguir manteniendo una política contra las violencias en el trabajo.
  • Empujar al Gobierno a adoptar políticas integrales para prevenir y eliminar la violencia y el acoso, teniendo en cuenta también el que se produzca por razón de sexo. Los Estados miembros tienen ahora, más que nunca, la responsabilidad de proteger a las trabajadoras de todas las formas de acoso y violencia.