22 de febrero: las cifras de la brecha salarial en los sectores de FeSMC-UGT

Desde hace varios años, cada 22 de febrero, día europeo por la igualdad salarial, el sindicato pone de manifiesto que las trabajadoras tienen retribuciones inferiores a los trabajadores por realizar el mismo trabajo o un trabajo de igual valor.

Este año UGT, en su informe anual de evolución de la brecha salarial, bajo el título “Las empresas tiene que cumplir la ley, la igualdad salarial cerraría las brechas” ya se pone de manifiesto que la diferenciación entre sexos persiste porque se infravalora el trabajo de las mujeres. La brecha salarial en España se situó, según los últimos datos de estructura salarial publicados por el INE, en 21,41 %. 

El salario medio anual en este período fue de 24.009,12 euros. El salario medio de las mujeres se estableció en 21.011,89 euros y el de los hombres en 26.738,19 euros, una diferencia en euros de 5.726,30 euros al año, en detrimento de las 7.752.600 asalariadas. Esa diferencia asciende a más de 44.394 millones de euros (44.393.713.380 euros), el 3,69 % del PIB de ese mismo año.

En el análisis de la brecha salarial en los sectores de nuestra federación, podemos observar que, algunos de ellos tienen una brecha salarial superior a la media del país y a la vez son actividades muy feminizadas, y en las que se constata una fuerte segregación ocupacional.

La distribución del empleo respecto al cuarto trimestre de 2020, (según los datos de la EPA) en las actividades de comercio, hostelería, transporte, comunicaciones y servicios es de 9.546.900 personas ocupadas, de las cuales 4.625.300 son mujeres y 4.921.900 son hombres.

De las diez ramas pertenecientes a los sectores federales, en cinco de ellas (comercio, hostelería, actividades financieras y de seguros, actividades administrativas y servicios auxiliares y actividades de los hogares, que se engloba en otros servicios) hay más mujeres que hombres en términos de actividad y ocupación.

Sin embargo, las mujeres cuentan con tasas de actividad, ocupación y condiciones laborales, incluidas las salariales, inferiores a las de los hombres. Además, sufren desigualdad salarial en el acceso, con sectores en los que están subrepresentadas y otros altamente feminizados, en la promoción y trayectoria laboral, y en la discriminación salarial La mayor brecha es de una de las ramas de actividad de nuestra federación: actividades administrativas y servicios auxiliares, con una diferenciación del 32.19%. 

Durante este año ha bajado la brecha salarial en los sectores de FeSMC-UGT, pero a la vez han bajado los salarios de los hombres; es decir la brecha no varía por la mejora de las condiciones de las mujeres sino más bien por el empeoramiento en los varones.

Las personas asalariadas como Trabajadores de los servicios de restauración y comercio: la brecha salarial pasó del 15,95 % en 2017 a 20,73 % en 2018. Los salarios de estas trabajadoras se vieron aumentados de 14.142,93 euros a 14.238,51 euros en 2018, una subida salarial de 95 euros anuales y en el caso de los hombres la subida de 16.825,86 euros a 17.962,51 euros a 2018, supone una subida salarial de más de 95 euros al mes.

Las brechas que superan el 30 %, son las Actividades administrativas y servicios, con donde trabajan más de medio millón de mujeres asalariadas y algo menos de cuatrocientos mil hombres (32,14%); Otros servicios que agrupa a más doscientas mil mujeres y algo menos de cien mil hombres (31,40 %) y las Actividades profesionales, científicas y técnicas con trescientas cincuenta y ocho mil mujeres y casi doscientos setenta y dos mil hombres (30,7%). Por tanto, podemos concluir que las brechas salariales más elevadas se producen en sectores donde hay mayor presencia de mujeres que de hombres. Más de un millón de mujeres están afectadas por brechas superiores al 30 %, perciben de media un tercio menos que sus compañeros hombres.

Debemos destacar también en el análisis una variable fundamental para analizar la brecha: El tiempo de trabajo. El salario medio a tiempo parcial supone un 39,80 % del salario medio a jornada completa, ni tan siquiera alcanza el 50 %. Ello referido a los salarios medios para ambos sexos. Se produce menor presencia de mujeres, en la jornada a tiempo completo que no supera el umbral del 42,45 % y una elevada presencia de las mujeres en la jornada a tiempo parcial el 76,04 %. Este último factor, hace descender muy significativamente los salarios medios anuales de las mujeres.

El porcentaje elevadísimo de parcialidad de las mujeres en general y en algunos de nuestros sectores en particular: Superan el 20% de las mujeres que trabajan a tiempo parcial las siguientes ramas: comercio, transporte y almacenamiento, hostelería, Actv. Inmobiliarias, administrativas y de servicios auxiliares, actv. Artísticas, recreativas y de entretenimiento y Actv. De los hogares.

Debemos decir, que, en los cuatro últimos años de revisión estadística, en estos sectores, la contratación a tiempo parcial de las mujeres nunca ha bajado del 20%, no siendo esta una contratación elegida por las mujeres.

Los datos y las estadísticas, que se obtienen a través de los diagnósticos de situación de los Planes de Igualdad, y que se han de presentar a la Representación Legal de los Trabajadores deben servir también como prueba de estas desigualdades y como acicates para el cambio de rumbo, para identificar y corregir las diferencias, combatir la brecha salarial, mejorar las condiciones laborales y conseguir así la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Los recientemente aprobados registro salarial y la auditoría salarial, son dos instrumentos nos permitirán acercarnos a la realidad de cada empresa. Ambos aprobadas por Real Decreto en marzo de 2019 que entrarán en vigor el 14 abril de 2021, fecha en la que entra en vigor su desarrollo reglamentario (Reglamento de Igualdad Retributiva) aprobado el 13 octubre de 2020 en Consejo de Ministros, fruto del Diálogo Social de gobierno, organizaciones sindicales y empresariales.

La desigualdad salarial, además de ser una discriminación en sí misma, es causa y consecuencia de otras discriminaciones, en el ámbito laboral y familiar. En todos los sectores de la FeSMC las mujeres, en su mayoría, al tener un nivel salarial menor, según los datos que nos aportan muchos de los diagnósticos de los Planes de Igualdad de las empresas, son las mayores demandantes de  los permisos no retribuidos, reducciones de jornada, con la reducción proporcional de salario, o una excedencia, con ausencia total de salario, porque las rentas familiares se ven menos afectadas que si fuera un hombre quién accediera a esos mismos derechos.

Pero, a la vez, estos factores funcionan como negativos en la contratación y en la promoción de las trabajadoras, ya que el acceso a este tipo de permisos marca que se entre o no al mercado de trabajo, y sobre todo en qué condiciones: sirvan como ejemplo que son mayoritarias en el tiempo parcial, en la menor cuantía de prestación por desempleo, desventajas en la pensión por jubilación…

Desde la Secretaría para la Igualdad tenemos grandes esperanzas puestas en estas novedades legislativas, necesitamos que se cumplan, que deriven en acabar con esta lacra que es la brecha salarial, porque eliminándola, eliminaremos una de las principales fuentes de discriminación hacia las mujeres y haremos que, de verdad, se cumpla el principio de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.