UGT hostelería de Catalunya pide al Consell de Relacions Laborals clarifique el convenio de aplicación a empresas con degustación

El Sector de Hostelería de la FeSMC-UGT de Catalunyaa ha pedido al Consell Relacions Laborals que clarifique cuál es convenio de aplicación de las empresas con degustación que operan con licencia de panaderías.

En relación a la noticia aparecida en los medios de comunicación sobre las “trampas” en los negocios de pan y bebida, el sector de hostelería de la FeSMC-UGT de Catalunya inició el pasado mes de septiembre una campaña ante el Consejo de Relaciones Laborales de Catalunya-concretamente ante la Comisión Técnica de Negociación Colectiva sobre Convenio colectivo- para que se clarifique cuál es el convenio de aplicación para los trabajadores y las trabajadoras de las empresas con degustación que fraudulentamente utilizan licencias que no se adecuan a la actividad real del establecimiento y que si se les aplicara el convenio interprovincial de Hostelería de Catalunya tendrían unos salarios de 400 euros más.

Existen muchas empresas que se caracterizan por la degustación y a las que se aplica el convenio de comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en los establecimientos especializados. Entendemos que el convenio de aplicación debería ser el interprovincial de Hostelería de Cataluña ya que en algunos casos, estos establecimientos no sólo tienen mesas en el local, sino que también las tienen en la vía pública, además de que se sirven menús de mediodía y bebidas alcohólicas que pueden ser consumidas dentro del local.

Además, si bien es cierto que estas empresas se dedican a la venta de pan y confitería, no tienen obrador y sólo disponen de un horno para calentar el pan que ya reciben amasado y precocido, y que al mismo tiempo se hacen bocadillos sean calientes o fríos para su consumo en las mesas del local.

Paradójicamente la normativa establece que la zona de degustación no puede superar más de 20 metros cuadrados para la ubicación de las mesas, y que no se pueden servir bebidas alcohólicas.

Desde nuestro sindicato esperamos que la consulta realizada al Consejo de Relaciones Laborales de Catalunya sea favorable. En caso de serlo, trasladaremos a la Inspección de Trabajo la infracotización los trabajadores y las trabajadoras que trabajan en este tipo de establecimientos.