UGT logra un acuerdo digno para la plantilla de Accept@ Servicios Integrales

Desde UGT conseguimos que el proceso de cierre fuera menos traumático, luchando por la modificación del texto del convenio que no consideraba movilidad geográfica los traslados de menos de 75 kilómetros.

Los trabajadores y trabajadoras de Accept@ Servicios Integrales hemos tenido que luchar contra una decisión de enormes proporciones: el cierre de la mayoría de los centros de trabajo de la empresa.

Desde UGT conseguimos que el proceso de cierre fuera menos traumático, luchando por la modificación del texto del convenio que no consideraba movilidad geográfica los traslados de menos de 75 kilómetros. Desde ahora, de forma definitiva y permanente, serán 30 kilómetros.

Tras un trabajo que nos ha llevado muchísimas horas de esfuerzo, hemos logrado lo que entendemos un acuerdo que podemos considerar digno o, al menos, el menos traumático de los posibles. El acuerdo ha sido firmado por los dos sindicatos.

Partíamos del mantenimiento de únicamente cinco centros de trabajo y una indemnización en el caso de que se resolviera el contrato por voluntad del trabajador de 20 días por año con el tope de una anualidad.

Los trabajadores que opten por el rechazo de la medida deberán comunicarlo antes del día 21 de junio, pudiendo revocar su decisión siempre que lo hiciera con más de 30 días sobre el momento efectivo del traslado.

Principales puntos del acuerdo

  • Cierre de centros: se mantendrán abiertos además de los cinco centros ya anunciados en su día: Torrelavega, Valladolid y A Coruña. Nos ha sido imposible que se mantengan más centros de trabajo. La legislación laboral, tras la reforma laboral, permite a las empresas este tipo de traslados, incluso a empresas con beneficios.
  • Los cierres serán por fases -aún por definir- y como último plazo será el 31 de octubre de 2019.

Compensación por traslado

  • Personas con cambio de domicilio: 2.500 € de compensación para gastos de traslado (mudanza, gastos inmobiliarios).
  • Cinco días para la búsqueda de vivienda, con una dieta de 40 € diarios, y con el pago de hotel que busca la empresa y hasta 300 € como gastos de locomoción.
  • Un día adicional de mudanza sobre los que contempla el convenio de Accept@ (total tres días).
  • Un importe de 200€ de compensación por cambio de centro, para siempre, ni absorbible ni compensable, para aquellos que tuvieran un traslado superior a los 35 kilómetros.
  • Si tienes, o vas a tener un hijo/a, tendrá una ayuda de 250 euros mensuales hasta el curso escolar que el en el niño/a termine el primer ciclo de infantil (tres años).
  • Si tienes un ascendiente o descendiente que tiene algún tipo de discapacidad o enfermedad grave, serán 500 euros mensuales durante dos años.
  • Para hijos/as de 3 hasta 12 años, 150 euros durante doce meses.
  • Escolarización: un solo pago de 250 euros por hijo/a hasta los 18 años abonados al mes del pago de la matrícula.
  • Contratación de una empresa de recolocación (outplacement) de reconocido prestigio, durante seis meses, para un miembro de la unidad familiar que se traslade (no tiene por qué ser cónyuge), que ayudará a la búsqueda de empleo.
  • En caso de que el trabajador se desplace sin su familia, podrá ejercer los derechos no ejecutados durante dos años.
  • Personas sin cambio de domicilio: un importe de 200 euros de compensación por cambio de centro (con carácter definitivo) ni absorbible ni compensable para aquellos que tuvieran un traslado superior a los 35 kilómetros.
  • Para los que tuvieran un traslado de entre 30 y 35 kilómetros, el importe del abono de transporte que pudiera corresponderle (con carácter definitivo).
  • Condiciones comunes para todos los que permanezcan en la empresa
  • Libre elección del centro de trabajo al que trasladarse. Preferencia para optar a vacantes en otras empresas del Grupo Santalucía. Recomendación por parte de la Empresa para la opción a vacantes en otros canales de negocio.

Indemnización en caso de extinción

  • La indemnización será de 45 días por año trabajado, sin ningún tipo de tope. Además, 1.000 euros adicionales si tu salario fijo es inferior a 12.000 euros al año.
  • Se computará desde el inicio de la prestación de servicios en los Agentes Exclusivos: AMSUR, ASNORTE, ASNOR, ASGECA O CTAS.
  • Cualquier persona que haya optado por el traslado podrá acceder a extinguir su relación laboral durante los seis primeros meses del traslado.
  • Contratación de una empresa de recolocación de reconocido prestigio, durante seis meses, para el personal afectado mayor de 55 años.