UGT tumba el calendario de vacaciones impuesto unilateralmente en ATESA

FeSMC-UGT interpuso en solitario demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposición unilateral en ATESA del calendario de vacaciones para 2019

FeSMC-UGT interpuso en solitario demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposición unilateral en ATESA del calendario de vacaciones para 2019, que ampliaba el plazo de disfrute de los doce días de vacaciones previsto en el convenio, al periodo del 5 de junio al 10 de octubre y con carácter generalizado en los centros de alta estacionalidad que la propia empresa determinaba unilateralmente. Asimismo la empresa excluía el disfrute de vacaciones en los meses de julio y agosto a las personas empleadas de mantenimiento en bases de aeropuertos y estaciones de tren.

La sentencia estima la demanda de FeSMC-UGT y considera que la empresa ha modificado sustancialmente las condiciones de trabajo, vulnerando lo dispuesto en el convenio colectivo sobre régimen de vacaciones y declara injustificadas las medidas adoptadas unilateralmente por la empresa, consistentes en ampliar el periodo de disfrute de doce días laborables de vacaciones entre el 1º de julio y el 30 de septiembre, para fijarlo entre el 5 de junio y el 10 de octubre; así como el periodo de exclusión de disfrute de vacaciones  en los meses de Julio y Agosto para empleados de mantenimiento (Drivers/Car Preps) adheridos a daily rental en bases de estaciones de tren y aeropuertos (incluidas “off terminal).

Se trata de un gran éxito de la sección de FeSMC-UGT y de todas las compañeras y compañeros de ATESA, y de un aviso a la Dirección de la empresa, que debe asumir que en la negociación con la representación sindical está la solución a los problemas, y nunca en la imposición unilateral empresarial.