La patronal de ingenierías Tecniberia se arriesga a una nueva demanda de UGT

La intransigencia de Tecniberia y su desprecio a la posibilidad de un acuerdo en el Servicio Interconfederal de mediación y Arbitraje aboga a UGT a plantearse una demanda.

Como ya os adelantábamos en nuestro anterior comunicado, tras el cambio de doctrina del Tribunal Supremo en el sector contact center, el cual ha fijado que el día de comienzo de los permisos retribuidos es el primer día laborable siguiente al hecho causante, FeSMC-UGT iniciaba un conflicto colectivo para aplicar también esa doctrina en el sector de ingenierías para los permisos regulados en el artículo 24 que se citan a continuación:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, salvo en el caso de fallecimiento del cónyuge, padres o hijos en el que el permiso será el establecido en el siguiente inciso.

c) Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto de más de doscientos kilómetros, por cada uno de los viajes de ida y vuelta, el plazo será de cuatro días.

d) Cuatro días en los casos de fallecimiento del cónyuge, padres o hijos, incluyéndose en este tiempo los posibles desplazamientos.

e) Un día por traslado de domicilio habitual.

La Patronal Tecniberia no se dignó a celebrar la Comisión Paritaria de Interpretación, como tampoco se personó ayer, en la mediación que interpusimos en el Sima, por lo que se levantó acta de desacuerdo por incomparecencia de Tecniberia. Siguiente paso:

UGT demanda en la Audiencia Nacional a Tecniberia

FeSMC-UGT considera que si el hecho causante o justificante de los permisos retribuidos del artículo 24 del Convenio Colectivo estatal de Ingenierias y Estudios Técnicos, se produce en día no laborable para el trabajador, el cómputo de los días de permiso se ha de iniciar en el primer día laborable siguiente y así lo defendemos en la Demanda interpuesta en el día de hoy ante la sala de lo social de la Audiencia Nacional.

Es lamentable que la patronal sólo funcionen a golpe de demanda y no hayan querido llegar a acuerdo alguno: nos veremos en los tribunales.