El ALEH garantiza la subrogación en actividades hosteleras en régimen de concesión en aeropuertos

Esta cuestión está en relación directa con la situación de los servicios de hostelería de distintos aeropuertos, donde la actuación de AENA, dividiendo los lotes de las concesiones, puede suponer un grave riesgo para las condiciones de trabajo.

El tema fundamental de la reunión fue la reiteración de la consulta efectuada por la parte social en la que se solicitaba interpretar el artículo que establece el ALEH, en relación con la subrogación de actividades de hostelería que se prestan en régimen de concesión administrativa, en el sentido de que esta subrogación, y su régimen regulado en el acuerdo Marco, son de aplicación “a los supuestos de segregación en varias concesiones administrativas de lo que antes era una única concesión administrativa del servicio de hostelería de los espacios públicos, tales como aeropuertos y estaciones de ferrocarril, opera y se aplica el régimen de subrogación empresarial regulado en el Capítulo XII del ALEH V, señaladamente lo dispuesto en sus artículos 57, 59 y 60 b, debiendo el personal que presta servicios en ésta ser asumido por las nuevas concesionarias, teniendo en cuenta los puntos de venta o de servicio del que resulten”.

Se trata esta de una cuestión importante debido a la situación que estamos viviendo en los servicios de hostelería de distintos aeropuertos españoles, donde la actuación de AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) dividiendo los lotes de las concesiones puede suponer un grave riesgo para las condiciones de trabajo.

Debemos poner en valor estar acuerdo, que ha tenido un camino largo y difícil por la intransigencia mostrada en un primer momento por las patronales del sector, quienes sin embargo, se muestran muy diligentes cuando son ellas las que pretenden incorporar nuevos redactados o interpretaciones. Solo la perseverancia y el trabajo sindical ha hecho posible este acuerdo.