Preacuerdo en la mesa negociadora del Convenio Estatal de Mediación de Seguros

Fruto del esfuerzo en la negociación hemos conseguido un acuerdo equilibrado que ha dejado fuera las estridencias que dificultaban las conversaciones (reducción de la IT, sanciones por productividad, sanciones por no aprovechamiento de la formación modificaciones negativas en algunos contratos, más amplios periodos de prueba, complemento de experiencia, etc..) 

En la reunión de Mesa Negociadora mantenida ayer, día 28 de junio y, a falta de concretar algunos redactados y de una revisión global de los textos del convenio para entre otras hacer un redactado más acorde con la igualdad de género, hemos alcanzado un Preacuerdo para el Convenio de Mediación de Seguros Privados pendiente de ratificar por las Organizaciones firmantes. 

Entre otros aspectos el contenido del Preacuerdo es el siguiente: 

– Vigencia del convenio: 

-3 años: 2016 – 2018 

– Contratacion: 

  • Se modifican los redactados para adaptarlos a la normativa actual.
  • Contratos en Prácticas: se incluye el Grupo VI estableciendo como salario mínimo el del Nivel 9.
  • Formación y Aprendizaje conforme al E.T., incorporando el Grupo VI.
  • El periodo de prueba del apartado 1 del art. 14 queda como sigue: 

Grupo I          12 meses

Grupo II           6 meses

Grupo III          4 meses

Grupo IV         3 meses

Grupo V          4 meses

Grupo VI         2 meses.

  • En los casos en que el trabajador pida la baja voluntaria sin cumplir los plazos de preaviso previstos en el convenio, los conceptos económicos detraibles y por los días que correspondan, serán los del salario fijo. 

–  Formación: 

– Se recogen gran parte de las propuestas que desde FeSMC-UGT hemos propuesto. Queda pendiente de concretar algún redactado. 

–  Tiempo de Trabajo: 

 – En permisos.- Se acuerda que de los dos días que se tienen por hospitalización al menos uno sea laborable. Se acuerda que para tener derecho a los cuatro días por desplazamiento sea cuando el hecho causante esté a 200 km o más de distancia. 

–  Previsión Social: 

– En jubilación y premio de jubilación, se han incorporado tanto las referencias a la jubilación ordinaria común como la ordinaria para discapacitados así como la fecha  para determinar los afectados por el periodo de carencia de dos años en el computo de las pagas de jubilación (para los incorporados despues del 2.07.2013). 

–  Materia económica: 

– Se ha acordado un incremento en los diferentes conceptos económicos

– 0,90 % para el año 2016;

– 1,10% para el 2017;

– 1,20% para el 2018. 

–  Se acuerda el devengo semestral de las pagas extras

–  Se acuerda mantener el actual sistema de retribución variable art. 42. Anexos actual convenio actualizando los años. 

TABLA DE INCREMENTO SALARIAL VARIABLE PARA EL AÑO 2016 (ART. 42) 

 

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de/ hasta

Más de

Incremento  ingresos por comisiones y honorarios (%)

 

0 – 3

 

3 – 4

4 – 5

5 – 6

6 -10

10 – 15

15 – 20

20

Incremento

Salarial (%)

0,35

0,45

0,70

1,00

1,30

1,70

2,00

2,30

* Para su aplicación deberán tenerse en cuenta las reglas establecidas en el ART. 42 del Convenio Colectivo. 

–  Seguro de Vida, se acuerda el incremento de capitales asegurados a:

20.000 € para caso de muerte o incapacidad y de 40.000€ para el caso de que la muerte o incapacidad sea por accidente.

–  Movilidad Geográfica, se acuerda incrementar las ayudas económicas para la vivienda en casos de traslado, estableciendo 240 €  mes para las poblaciones de hasta 1 millón de habitantes y de 280 € mes para las poblaciones de más de 1 millón de habitantes, Ceuta, Melilla, Baleares y Canarias. 

–  En Salud Laboral: 

– Se han acordado una  parte sustancial de nuestras aportaciones entre ellas la creación de una Comisión Paritaria Sectorial de Salud Laboral. Queda pendiente de concretar un redactado sobre protección a la maternidad y en el protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual o por razón de sexo. 

– clasificación Profesional: 

–   Se acuerda mantener la Comisión de Clasificación Profesional. 

–  Derechos Sindicales: 

–   Se acuerda la creación de bolsas de horas sindicales con los créditos horarios de delegados LOLS, delegados de personal y miembros de comités de empresa.

–   Se acuerda la utilización del correo electrónico por las Secciones Sindicales.

–  Se acuerda la supresión de los Comités Intercentros. 

Desde la Dirección Sectorial de Seguros y Oficinas de FeSMC-UGT valoramos positivamente el Preacuerdo alcanzado. 

Fruto del esfuerzo en la negociación hemos conseguido un acuerdo equilibrado que ha dejado fuera las estridencias que dificultaban las conversaciones (reducción de la IT, sanciones por productividad, sanciones por no aprovechamiento de la formación modificaciones negativas en algunos contratos, más amplios periodos de prueba, complemento de experiencia, etc..) 

Tras los aspectos acordados en este Preacuerdo de Convenio Colectivo, las partes nos hemos emplazado para la proxima reunión el 11 de Julio, donde se concretará en un redactado el articulado del Texto del Convenio. 

Para vuestra informacion, todos los comunicados sobre la negociacón estan disponibles en nuestra Web  http://financiero-seguros-oficinas.fesmcugt.org  

FeSMC-UGT llama a todos los trabajadores del Sector de Empresas Mediación de Seguros Privados a participar en nuestro proyecto sindical de eficacia y firmeza, de RESPONSABILIDAD y participación. 

Te animamos a afiliarte e integrar la candidatura de FeSMC-UGT en tu centro de trabajo en los próximos procesos electorales.

¡¡¡ EL FUTURO SE LOGRA, NO SE REGALA. AFÍLIATE!!!